LAS ELECCIONES INTERNAS
Las elecciones
internas de Uruguay del año 2014 se celebraron el domingo 1 de junio de ese año, cumpliendo con la primera etapa del sistema
electoral consagrado por la reforma
constitucional de 1997. Se elegirán los candidatos únicos por partido para las elecciones presidenciales de octubre. Asimismo, en esta instancia se elegirá la
integración del Órgano Deliberativo Nacional y los distintos Órganos
Deliberativos Departamentales de los diferentes partidos, los cuales tendrán la
finalidad respectiva de elegir el candidato a presidente y vicepresidente de
cada partido, y los candidatos a intendentes para las elecciones departamentales y municipales de 2015.
Según lo
preceptuado en la Constitución, en todos
los partidos que deseen competir por la Presidencia, los precandidatos se
someterán al juicio de la ciudadanía en las urnas. De los comicios internos
surgirán los candidatos únicos por partido que concurrirán el 26 de octubre a la elección presidencial. También se definirán los candidatos a la Vicepresidencia
de la República.
Habitualmente,
las elecciones internas se celebran el último domingo de junio; pero, con
motivo de la realización del mundial de
fútbol en Brasil entre el 13 de junio y el 13 de julio de 2014, se manejó
otro criterio y se adelantó la fecha de
votación.
¿Qué documento necesitan los uruguayos para
votar?
La Credencial Cívica (conocida
popularmente como "Credencial" a secas) es un documento que se
utiliza en Uruguay para
identificar a los ciudadanos habilitados a votar.
Según la Constitución de la República Oriental del Uruguay, el voto en elecciones nacionales,
departamentales, referéndums y plebiscitos es obligatorio. También es
obligatorio el voto en las elecciones de representantes ante el Banco de Previsión Social y, para los docentes, estudiantes y
egresados de la Universidad de la República, en las elecciones de las autoridades de
dicha universidad y de cada una de sus facultades.
Todo ciudadano mayor de 18 años debe registrarse ante la Corte Electoral y obtener
su Credencial Cívica. Dependiendo del lugar donde viva, le corresponderá un
código, compuesto de tres letras seguidas por un número. Una vez expedida la
Credencial Cívica, el ciudadano queda inscripto en "Registro Cívico
Nacional", un padrón electoral de los ciudadanos con derecho a voto. La
Credencial Cívica no tiene fecha de vencimiento, aunque las disposiciones de la
Corte Electoral indican que debe ser renovada cada 15 años como máximo.
Cada vez que se celebran comicios con voto obligatorio (se
exceptúan las elecciones internas de los partidos políticos, en las cuales el voto es voluntario), al
ciudadano que emite su voto se le entrega una constancia como comprobante de
haber cumplido su obligación cívica. En algunos casos esa constancia es un
sello en la propia Credencial Cívica. A posteriori, para la realización de
múltiples trámites ante oficinas públicas, se le exige la presentación de la
Credencial Cívica con la constancia de voto en el último acto comicial
obligatorio. Quienes no sufragan, se ven expuestos a la aplicación de multas.
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